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01 de Febrero de 2013
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Ciber crimen y delítos en Internet
Existe una problemática real sobre los delitos que se comenten a través de Internet dicho problema se da cuando hay que perseguirlos, uno de los principales requisitos que se deben dar para imputar un delito es que exista una persona, en la red existen pero muchas veces se encuentran protegidos por el anonimato o simplemente se realizan a una distancia considerable.


Existen mecanismos para determinar quien comete dicho acto, esto sería por la ip del ordenador sin importar que esta sea dinámica o no,aun así se puede dar el caso en el cual se manipule y es en estos momentos cuando la cosas se complican.

El proceso que se suele seguir para iniciar la investigación sería:

1)Solicitud al Juzgado para que realice mandamiento dirigido a proveedores acceso a Internet (determinar datos que se posean, titular de lineas)
2)Auto del tribunal mediante el cual se permite la entrada del domicilio, se levantara acta bajo la fe pública del secretario judicial, se accede al ordenador y ficheros del acusado.

En el comienzo de Internet la detención era muy complicada debido al escaso control existente, además de las constantes borrados de archivos log (el log es un archivo creado por el servidor donde se registran las acciones realizada por el usuario).

En el artículo 12 de Ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, se impone obligación a los proveedores que suministran internet y prestadores de servicios de alojamiento de datos (retener datos de conexión, con ello se pretende determinar quienes (máquina de origen) y segundo comprobar que se den todos elementos del típicos delictivos de la infracción.
Las únicas entidades autorizadas a solicitar su entrega( log) son los jueces, tribunales y el ministerio fiscal, además de cuerpos y seguridad del estado siempre con autorización de dichas entidades.

Los prestadores de servicio solo podrán retener datos de tráfico que les permita la ley Orgánica de protección de datos de carácter personal, el periodo máximo que se permite conservar los datos es de 12 meses, lo que no queda tan claro es que se hace con dichos datos o la destrucción de los mismos como se realiza, ni que tipos de datos se conservan, con lo que se puede observar que es algo ambiguo el asunto.
Esta herramienta es la principal que se utiliza para luchar contra el crimen en las redes no obstante hay no pocas criticas pues choca directamente con el derecho a la intimidad y al anonimato del ciudadano en general.

Lázaro Amable Méndez
AlyAbogados