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23 de Abril de 2013
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Derechos y obligaciones del arrendador y arrendatario
Obligaciones del arrendatario:
1- Abonar la renta estipulada y hacer frente los gastos asimilados acordados
2-Usar la cosa arrendada con la debida diligencia destinándola a satisfacer su necesidad primaria permanente de vivienda o la de su cónyuge o hijos dependientes
3- Abstenerse de variar la forma de la cosa arrendada, de ejecutar obras sin consentimiento del arrendador,
4- Soportar las obras de mejora no diferibles a la expiración del contrato
5- Comunicar al arrendador las usurpaciones o novedades dañosas que un tercero haya realizado o abiertamente prepare en la cosa arrendada
6-Llevar a cabo las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda
7-Prestar la fianza
En el caso de que el arrendatario no cumpliese con lo pactado, el arrendador podrá pedir la rescisión del contrato y la indemnización de daños y perjuicios, o sólo esto último, dejando el contrato subsistente.
El arrendatario debe devolver la vivienda arrendada, al concluir el arrendamiento, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable. El arrendatario es responsable del deterioro causado por las personas y animales de su casa.
Obligaciones del arrendador:
1- Entregar al arrendatario la vivienda objeto del contrato
2-Ejecutar las obras necesarias para la conservación de la vivienda
3-Mantener al arrendatario en el uso pacífico de la cosa arrendada durante el tiempo pactado
4-El saneamiento de la cosa arrendada
5-La exigencia de fianza




Realización de obras de mejora

El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.

El arrendador que se proponga realizar una de tales obras deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible.

El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.


Reparto de los Gastos Generales
Las partes pueden pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
Los gastos generales aquéllos necesarios para el adecuado sostenimiento del inmueble que no sean susceptibles de individualización como son: los trasteros, plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos
No obstante dicho pacto 
no exonerará al propietario de hacer frente a sus obligaciones fiscales, aunque pueda derivar la obligación económica de pago al arrendatario. 

El impago de los gastos de comunidad y del IBI fundamentaría la resolución de un contrato de arrendamiento